sábado, 25 de febrero de 2017

LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL NIÑO


Lista de los Derechos Humanos:

1.     Todos nacemos libres e iguales

Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos y, con razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente unos con los otros.

Prim21er derecho de los treinta derechos humanos, lista que hemos preparado para ti y que será un buen resumen de los derechos humanos

2.     Todo el mundo tiene derecho a estos derechos

Toda persona tiene todos los derechos y libertades de la Declaración, sin distinción por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacio7nal o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. No se hará distinción por condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona.

3.     Derecho a la vida.

Todos tenemos derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

4.     Nadie será sometido a esclavitud o servidumbre

Nadie sufrirá esclavitud ni servidumbre, la esclavitud está prohibida en todas sus formas.

5.     Nadie será sometido a tortura

Las torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes no serán sufridas por nadie.

6.      Todo ser humano tiene derecho a una personalidad jurídica

7.    Todos somos iguales ante la ley

Todos somos iguales ante la ley y tenemos igual derecho a la protección de la ley.

8.     Todo el mundo tiene derecho a defenderse ante los tribunales

Todos tenemos derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que nos ampare contra actos que violen nuestros derechos fundamentales reconocidos por constitución o por ley.

9.     Nadie podrá ser detenido arbitrariamente ni desterrado

Nadie podrá ser detenido, preso ni desterrado de forma arbitraria.

10.           Derecho a un juicio justo

Todos tenemos derecho, a ser oídos públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de nuestros derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra nosotros en materia penal.

 

11.           Derecho a la presunción de inocencia

1.       Toda persona acusada de delito tiene derecho a la presunta inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.

2.       Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. No se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento del delito.

12.           Derecho a la intimidad

Nadie será objeto de injerencias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.

13.           Derecho a la libertad de movimiento

1.       Todos tenemos derecho a circular libremente y a elegir nuestra residencia en el territorio de un Estado.

2.       Todos podemos salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a nuestro país.

14.           Derecho de asilo

1.       En caso de persecución, todos tenemos derecho a buscar asilo en cualquier país.

2.       Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

15.           Derecho a la nacionalidad

1.       Todos tenemos derecho a una nacionalidad.

2.       Nadie podrá ser privado de forma arbitraria de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

16.           Derecho al matrimonio

1.       Todo hombre y mujer, a partir de la edad núbil, tiene derecho, sin restricción por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia.

17.           Derecho a la propiedad

1.       Todos tenemos derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2.       Nadie será privado de forma arbitraria de su propiedad.

18.           Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

Todos tenemos derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, así como a profesar y practicar.

19.           Derecho a la libertad de expresión

Todos tenemos derecho a la libertad de opinión y de expresión. Tenemos derecho a no ser molestados a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin límite por cualquier medio de expresión.

20.           Derecho a la libertad de reunión

1.       Todos tenemos derecho a la libertad de reunión y de asociación de forma pacífica.

2.       Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.

21.           Derecho a la democracia

1.       Todos tenemos derecho a participar en el gobierno de nuestro país, directamente o por medio de representantes escogidos de forma libre.

2.       Todos tenemos el derecho de acceso a las funciones públicas de su país.

3.       La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; expresada mediante elecciones periódicas, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento que garantice la libertad del voto.

22.           Derecho a la seguridad social

Todos tenemos derecho a la seguridad social, y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a nuestra dignidad y al libre desarrollo de nuestra personalidad.

23.           Derecho al trabajo

1.       Todos tenemos derecho al trabajo, a la libre elección, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2.       Todos tenemos derecho, sin discriminación, a igual salario por trabajo igual.
 
3.       Todos los que trabajamos tenemos derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria.

4.       Todos tenemos derecho a fundar sindicatos y a sindicarnos para la defensa de nuestros intereses.

24.           Derecho al ocio

Todos tenemos derecho al descanso, al tiempo libre, a limitación razonable de la jornada de trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

25.           Derecho a un nivel de vida adecuado

1.       Todos tenemos derecho a un nivel de vida adecuado que nos asegure, a nosotros y nuestra familia, la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales. Además, tenemos derecho a seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, vejez, viudez u otros casos de pérdida de medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad.

2.       La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños tienen derecho a igual protección social.

26.           Derecho a la educación

1.       Todos tenemos derecho a la educación gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental, que será obligatoria. La instrucción técnica y profesional deberá ser generalizada y el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

 



27.           Derecho a la cultura

1.       Todos tenemos derecho a tomar parte de forma libre en la vida cultural de la comunidad, las artes y progreso científico.

2.       Todos tenemos derecho a la protección de los intereses morales y materiales que nos corresponden por producciones científicas, literarias o artísticas de las que seamos autores.

28.         Derecho al orden social

Todos tenemos derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades de esta Declaración se hagan efectivos.

29.            Derecho a las libertades y al respeto de la comunidad

1.       Todos nosotros tenemos deberes respecto a la comunidad.

2.       Todos nosotros estaremos solamente sujetos a las limitaciones establecidas por la ley y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3.       Estos derechos y libertades no podrán ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

30.           Derecho a que estos derechos no sean suprimidos en ninguna circunstancia

Ningún punto de la Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para desarrollar actividades de supresión de los derechos y libertades proclamados en la Declaración.




Lista de los Derechos de Niño.

1.: Derecho a no ser discriminado
 Este derecho será reconocido a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

2.Derecho a gozar de una seguridad  social.       
                                                         El niño gozará de una protección especial.
 
 
3.Derecho a tener un nombre y una nacionalidad.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
4.Derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
 
5.Derecho a recibir atención y cuidados especiales cuando el niño sufre algún impedimiento físico, mental o social.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

6.Derecho al amor y a la familia
El niño siempre que sea posible, deberá crecer  bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios
 
7.Derecho  a la educación.
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
  
 
8.   Derecho a  ser los primeros en recibir atención en situaciones de emergencia.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
 
9.   Derecho al buen trato.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada.
 
10.       Derecho a la protección contra todo tipo de discriminación y a la educación en la tolerancia frente a las diferencias.
El niño debe ser protegido contra las práticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.
 

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