sábado, 25 de febrero de 2017

LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL NIÑO


Lista de los Derechos Humanos:

1.     Todos nacemos libres e iguales

Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos y, con razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente unos con los otros.

Prim21er derecho de los treinta derechos humanos, lista que hemos preparado para ti y que será un buen resumen de los derechos humanos

2.     Todo el mundo tiene derecho a estos derechos

Toda persona tiene todos los derechos y libertades de la Declaración, sin distinción por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacio7nal o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. No se hará distinción por condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona.

3.     Derecho a la vida.

Todos tenemos derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

4.     Nadie será sometido a esclavitud o servidumbre

Nadie sufrirá esclavitud ni servidumbre, la esclavitud está prohibida en todas sus formas.

5.     Nadie será sometido a tortura

Las torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes no serán sufridas por nadie.

6.      Todo ser humano tiene derecho a una personalidad jurídica

7.    Todos somos iguales ante la ley

Todos somos iguales ante la ley y tenemos igual derecho a la protección de la ley.

8.     Todo el mundo tiene derecho a defenderse ante los tribunales

Todos tenemos derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que nos ampare contra actos que violen nuestros derechos fundamentales reconocidos por constitución o por ley.

9.     Nadie podrá ser detenido arbitrariamente ni desterrado

Nadie podrá ser detenido, preso ni desterrado de forma arbitraria.

10.           Derecho a un juicio justo

Todos tenemos derecho, a ser oídos públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de nuestros derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra nosotros en materia penal.

 

11.           Derecho a la presunción de inocencia

1.       Toda persona acusada de delito tiene derecho a la presunta inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.

2.       Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. No se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento del delito.

12.           Derecho a la intimidad

Nadie será objeto de injerencias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.

13.           Derecho a la libertad de movimiento

1.       Todos tenemos derecho a circular libremente y a elegir nuestra residencia en el territorio de un Estado.

2.       Todos podemos salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a nuestro país.

14.           Derecho de asilo

1.       En caso de persecución, todos tenemos derecho a buscar asilo en cualquier país.

2.       Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

15.           Derecho a la nacionalidad

1.       Todos tenemos derecho a una nacionalidad.

2.       Nadie podrá ser privado de forma arbitraria de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

16.           Derecho al matrimonio

1.       Todo hombre y mujer, a partir de la edad núbil, tiene derecho, sin restricción por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia.

17.           Derecho a la propiedad

1.       Todos tenemos derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2.       Nadie será privado de forma arbitraria de su propiedad.

18.           Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

Todos tenemos derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, así como a profesar y practicar.

19.           Derecho a la libertad de expresión

Todos tenemos derecho a la libertad de opinión y de expresión. Tenemos derecho a no ser molestados a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin límite por cualquier medio de expresión.

20.           Derecho a la libertad de reunión

1.       Todos tenemos derecho a la libertad de reunión y de asociación de forma pacífica.

2.       Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.

21.           Derecho a la democracia

1.       Todos tenemos derecho a participar en el gobierno de nuestro país, directamente o por medio de representantes escogidos de forma libre.

2.       Todos tenemos el derecho de acceso a las funciones públicas de su país.

3.       La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; expresada mediante elecciones periódicas, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento que garantice la libertad del voto.

22.           Derecho a la seguridad social

Todos tenemos derecho a la seguridad social, y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a nuestra dignidad y al libre desarrollo de nuestra personalidad.

23.           Derecho al trabajo

1.       Todos tenemos derecho al trabajo, a la libre elección, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2.       Todos tenemos derecho, sin discriminación, a igual salario por trabajo igual.
 
3.       Todos los que trabajamos tenemos derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria.

4.       Todos tenemos derecho a fundar sindicatos y a sindicarnos para la defensa de nuestros intereses.

24.           Derecho al ocio

Todos tenemos derecho al descanso, al tiempo libre, a limitación razonable de la jornada de trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

25.           Derecho a un nivel de vida adecuado

1.       Todos tenemos derecho a un nivel de vida adecuado que nos asegure, a nosotros y nuestra familia, la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales. Además, tenemos derecho a seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, vejez, viudez u otros casos de pérdida de medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad.

2.       La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños tienen derecho a igual protección social.

26.           Derecho a la educación

1.       Todos tenemos derecho a la educación gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental, que será obligatoria. La instrucción técnica y profesional deberá ser generalizada y el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

 



27.           Derecho a la cultura

1.       Todos tenemos derecho a tomar parte de forma libre en la vida cultural de la comunidad, las artes y progreso científico.

2.       Todos tenemos derecho a la protección de los intereses morales y materiales que nos corresponden por producciones científicas, literarias o artísticas de las que seamos autores.

28.         Derecho al orden social

Todos tenemos derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades de esta Declaración se hagan efectivos.

29.            Derecho a las libertades y al respeto de la comunidad

1.       Todos nosotros tenemos deberes respecto a la comunidad.

2.       Todos nosotros estaremos solamente sujetos a las limitaciones establecidas por la ley y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3.       Estos derechos y libertades no podrán ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

30.           Derecho a que estos derechos no sean suprimidos en ninguna circunstancia

Ningún punto de la Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para desarrollar actividades de supresión de los derechos y libertades proclamados en la Declaración.




Lista de los Derechos de Niño.

1.: Derecho a no ser discriminado
 Este derecho será reconocido a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

2.Derecho a gozar de una seguridad  social.       
                                                         El niño gozará de una protección especial.
 
 
3.Derecho a tener un nombre y una nacionalidad.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
4.Derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
 
5.Derecho a recibir atención y cuidados especiales cuando el niño sufre algún impedimiento físico, mental o social.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

6.Derecho al amor y a la familia
El niño siempre que sea posible, deberá crecer  bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios
 
7.Derecho  a la educación.
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
  
 
8.   Derecho a  ser los primeros en recibir atención en situaciones de emergencia.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
 
9.   Derecho al buen trato.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada.
 
10.       Derecho a la protección contra todo tipo de discriminación y a la educación en la tolerancia frente a las diferencias.
El niño debe ser protegido contra las práticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.
 

Las Tres Generaciones de los Derechos Humanos.


LAS TRES GENERACIONES DE LOS DD.HH

El reconocimiento legal de los derechos humanos ha tenido una larga historia. Algunos derechos han sido incluidos en las leyes mucho antes que otros, que sólo han sido aceptados después de largas luchas sociales. Por eso podemos clasificar los derechos en grupos, a los que se suele denominar las tres generaciones de los derechos humanos.

 
  •   ®     La primera generación incluye los derechos civiles y políticos. Estos derechos fueron los primeros en ser reconocidos legalmente a finales del siglo XVIII, en la Independencia de Estados Unidos y en la Revolución Francesa. Se trata de derechos que tratan de garantizar la libertad de las personas. Su función principal consiste en limitar la intervención del poder en la vida privada de las personas, así como garantizar la participación de todos en los asuntos públicos.                                                                                                Los derechos civiles más importantes son: el derecho a la vida, el derecho a la libertad ideológica y religiosa, el derecho a la libre expresión o el derecho a la propiedad. Algunos derechos políticos fundamentales son: el derecho al voto, el derecho a la huelga, el derecho a asociarse libremente para formar un partido político o un sindicato, etc.
     
      ®      La segunda generación recoge los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos fueron incorporados poco a poco en la legislación a finales del siglo XIX y durante el siglo XX. Tratan de fomentar la igualdad real entre las personas, ofreciendo a todos las mismas oportunidades para que puedan puedan una vida digna.                                                                                                           Su función consiste en promover la acción del Estado para garantizar el acceso de todos a unas condiciones de vida adecuadas. Algunos derechos de segunda generación son: el derecho a la educación, el derecho a la salud, el derecho al trabajo, el derecho a una vivienda digna, etc.
     
      ®      La tercera generación de derechos  se han ido incorporando a las leyes a finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI. Pretenden fomentar la solidaridad entre los pueblos y las personas de todo el mundo. Su función es la de promover unas relaciones pacíficas y constructivas que nos permitan afrontar los nuevos retos a los que se enfrenta la Humanidad. Entre los derechos de tercera generación podemos destacar los siguientes: el derecho a la paz, el derecho al desarrollo y el derecho a un medio ambiente limpio que todos podamos disfrutar.
    Estas son las tres generaciones que existen de los Derechos Humanos  ahora el objetivo es hacerlas cumplir en todos los países ya que en la actualidad hay cientos de países que no cumplen los derechos básicos que se crearon en la primera generación que fueron reconocidos legalmente  hace  más de   300 años.                                                                   
  •             
GENERACIÓN DE DERECHOS
ÉPOCA DE ACEPTACIÓN
TIPO DE DERECHOS
VALOR QUE DEFIENDEN
FUNCIÓN PRINCIPAL
EJEMPLOS
Primera
S. XVIII y XIX
Civiles y políticos
LIBERTAD
Limitar la acción del poder. Garantizar la participación política de los ciudadanos.
Derechos Civiles: Derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, a la propiedad…
Derechos Políticos: Derecho al voto, a la asociación, a la huelga…
Segunda
S. XIX y XX
Económicos, Sociales y Culturales
IGUALDAD
Garantizar unas condiciones de vida dignas para todos
Derecho a la salud, a la educación, al trabajo, a una vivienda digna…
Tercera
S. XX y XXI
Justicia, paz y solidaridad
SOLIDARIDAD
Promover relaciones pacíficas y constructivas
Derecho a un medio ambiente limpio, a la paz,al desarrollo.